La instalación de un sistema de alarma en cualquier lugar es en la actualidad de lo más habitual, tanto si es obligatorio por parte de la normativa, como de modo voluntario para la prevención de robos o hurtos en nuestras propiedades.
Pero los sistemas que se instalan hoy día no solo tienen el fin de vigilar en nuestra ausencia sino el de hacerlo cuando estamos dentro, ya que la “nueva delincuencia” que ha ido surgiendo en los últimos tiempos no encuentra obstáculo por el hecho de que los moradores se encuentres en el interior.
La base de los sistemas de seguridad, además de la prevención, es la de “alertar”, “dar la voz de alarma”, comunicar que alguien está en un lugar no permitido.
Por tanto, ese mensaje de alarma debe de llegar a alguien, que además adopte las medidas necesarias para coartar esa intrusión y coger “in fraganti” al intruso.
La normativa vigente en materia de seguridad privada obliga aquellos establecimientos que deban de instalar un sistema de seguridad en base al riesgo que poseen determinadas actividades comerciales, a que estos estén conectados con una Central Receptora de Alarmas, pero además de los obligados una gran cantidad de los sistemas de alarma instalados, aunque no les sea exigible por ley, también están conectados con estas centrales de seguridad cuyo portfolio de servicios ha ido en aumento en paralelo a como ha ido desarrollándose la tecnología.
Las Centrales receptoras tiene regulados los procedimientos de verificación en la Orden INT/316/2011, de 1 de febrero,
De conformidad con lo dispuesto en el apartado segundo del artículo 48 del Reglamento de Seguridad Privada, cuando se produzca una alarma, las centrales deberán proceder de inmediato a su verificación, utilizando, para que ésta sea considerada validad todos o algunos de los procedimientos técnicos o humanos establecidos en el presente capitulo, comunicando seguidamente, al servicio policial correspondiente, las alarmas reales producidas.
Dependiendo del sistema de verificación de la alarma, el cual puede ser secuencial, por video, audio o con personal de seguridad privada, una vez que los operadores de la central tienen confirmada la alarma estos deben de proceder a dar aviso a los servicios policiales correspondientes, dependiendo de la ubicación donde ha saltado la alarma, que como regla general será a la Guardia Civil en zonas rurales y a Policía nacional en zona urbana, estando también a lo dispuesto en aquellas comunidades donde se cuente con policía autonómica y con policía local.
Dejando aparte la verificación que la central receptora pueda realizar con servicios de custodia de llaves o vigilantes de seguridad, los operadores de las centrales realizan siempre llamada a los teléfonos de contacto disponibles de cada instalación con el fin de que con la información que les puedan facilitar se compruebe que se trata de una falsa alarma algo muy habitual en instalaciones donde hay mucho tráfico de personal , o también por desconocimiento del funcionamiento de los sistemas de seguridad entre otros.
Así tenemos que dependiendo del sistema de verificación este será válido según los requisitos establecidos, y cuando se cumplan se realizará la llamada a los responsables y si no se confirma una falsa alarma se dará aviso al cuerpo policial que corresponda quienes enviaran una dotación al lugar.
Todo esto conlleva consumo de tiempo que ante una alarma real juega a favor del delincuente.
Por tanto, hay que tener cuenta los siguiente:
Por parte de los instaladores de sistemas de seguridad se deben realizar proyectos bien diseñados para que la alarma comience a producirse con la mayor antelación posible lo que permitirá ganar tiempo para una respuesta rápida.
Por parte de las centrales receptoras se deben establecer protocolos para que los operadores realicen las gestiones necesarias en el mínimo tiempo posible, confirmación de alarma, llamada al responsable de la instalación y aviso policía.
Además de lo anterior en la ficha personal de cada instalación se debería de tener en cuenta las características de la ubicación tales como si es una zona urbana de una población con presencia policial las 24 horas del día y en donde una dotación policial puede personarse rápidamente, o si por el contrario se trata de una zona rural ,incluyendo aquí tanto poblaciones o despoblados ,sin presencia policial las 24 horas, con cobertura policial de una patrulla para demarcaciones muy amplias y con dificultad para detallar con precisión la dirección exacta de un lugar , como son los parajes.
Si bien es cierto que la función de las centrales es la de verificar y dar aviso a la policía con la mayor celeridad posible , quedando fuera de su influencia la rapidez con que se produzca la actuación policial, también es cierto que el cliente que contrata una conexión a CRA entiende el servicio en su conjunto.