Delitos leves que nos rodean ¿los conoces?
- 20 junio, 2018
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- Departamento de Comunicaciones Iniseg
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Con la última reforma del código penal se han empezado a considerar delitos leves los que antes se distinguían entre faltas y delitos. Sin duda esto ha supuesto una agilización del trabajo judicial y policial. Pero ¿Sabes qué tipo de delitos se consideran leves? ¿Conoces sus sanciones? ¿Cómo hacerles frente si te dedicas a velar por la seguridad ciudadana?
Los delitos leves que debes conocer para poder erradicarlos
Hasta el año 2015 el Código Penal diferenciaba entre delitos y faltas, resultando estas últimas hechos punitivos de carácter leve con un reproche penal. A partir de la reforma 01/2015 del Código Penal desaparecen las faltas como denominación delictiva. Pasando los hechos que antes englobaban a considerarse delitos leves. O en el caso de otros hechos saliendo del Código Penal y pasando a ser infracciones administrativas, reflejadas en la vigente ley de seguridad ciudadana.
Algo que sin duda mejora el trabajo policial ya que las faltas han sido castigadas con penas de multa irrisorias para todo el proceso que conllevaban y a través de la ley de seguridad ciudadana supone un ahorro de costes de procedimiento siendo el castigo más doloroso para el infractor.
Pero ¿a qué tipos de hechos nos referimos cuando hablamos de los delitos leves? Por una parte son aquellos cuyas penas consisten en la privación del derecho a conducir vehículos a motor; tenencia y porte de armas; inhabilitación especial para ejercicio profesional; derecho a residir en determinados lugares; de aproximarse o comunicarse con la víctima, multa; localización permanente o trabajos en beneficio de la comunidad.
Lesiones, amenazas y hurtos
En cuanto a los hechos que se castigan los más frecuentes son los de lesiones, aunque hay que incidir que este tipo penal dependerá de la gravedad de las lesiones. Pudiéndose catalogar como más o menos graves. En los casos de poca lesividad deberá intermediar denuncia del perjudicado.
Las amenazas y coacciones también suelen ser un tipo de delito leve habitual. Estos tipos de hechos están relacionados con las típicas peleas en noches de fiesta, donde las personas pierden el control de sí mismas debido al consumo de alcohol y otras sustancias; terminando en agresiones y amenazas. Aunque no haya denuncia del perjudicado, los agentes de la autoridad que intervengan en una pelea si pueden proponer una sanción por alteración del orden público. Mediante la ley de seguridad ciudadana.
Otro hecho muy frecuente es el hurto. Cuya barrera para delimitar la gravedad se encuentra en el valor de lo sustraído, estando el límite en 400€. Este tipo delictivo es el que más lleva de cabeza al comercio; ya que los delincuentes tienen un buen conocimiento de la ley para beneficiarse de ella. Así cometen los actos sin superar estas cantidades a sabiendas que si los cogen, el castigo será leve, pero también de que muchas veces los comerciantes se conforman con recuperar la mercancía y evitar el procedimiento de poner la denuncia, acudir a juicio.
Para evitar la comisión de este tipo de delitos la vigilancia mediante cámaras de seguridad, la instalación de alarmas en los productos de más valor y en su caso impidiendo el paso a los maleantes conocidos en virtud del derecho de admisión.
Otro tipo de delitos leves
Muy actual es el delito de defraudación de luz, gas, telecomunicaciones etc. Que al ser por importe inferior a los 400€ entra dentro de esta clasificación delitos leves. Suele ser el caso de viviendas ocupadas ilegalmente donde se realizan enganches sin autorización. Los principales perjudicados suelen ser las compañías distribuidoras, pero también pueden ser particulares a los que hayan enganchado por ser vecinos.
Los particulares pueden percatarse llevando un control de su consumo y en caso de que le lleguen facturas elevadas comprobar la causa. También comprobando que no hay cables conectados de manera precaria en cajas de registro que vayan a su domicilio.
Infracciones contra el patrimonio, otro tipo habitual cuando se causan daños a los bienes propios o públicos; y que tendrán la consideración de leves en atención a la cuantía de los daños causados. Las administraciones públicas, como los ayuntamientos a la cabeza llevan tiempo sufriendo el vandalismo en el mobiliario. Así como en zonas y espacios de uso público, suponiendo un coste la reparación de los daños causados, por ello son muchos los que han optado, entre otras medidas, por la instalación de sistemas de videovigilancia con el fin de prevenir este tipo de actos y en su caso localizar y castigar a los autores.
Atentado, desobediencia y resistencia a la autoridad, al igual que las peleas en las noches de fiesta. Este es otro de los tipos habituales de delitos; cuando nos enfrentamos o desobedecemos a los agentes de la autoridad en el cumplimiento de sus funciones.
Sanción económica como solución
Como hemos visto los delitos leves siempre se caracterizan por no suponer hechos de excesiva gravedad. Por lo que suele ser preceptiva la denuncia del perjudicado.
Las penas impuestas más comunes son las de multa. Que en el caso de impago podrán llevar aparejada la de localización permanente o prisión como último recurso. El procedimiento a seguir es a través de los juzgados de instrucción; con el fin de agilizar la celebración de las vistas y sentenciar los hechos.
Si es verdad que en muchos casos las multas impuestas son más económicas que algunas de las sanciones impuestas por los procedimientos administrativos.
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